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El Año Santo, Jubileo o Año Jubilar Compostelano es una celebración de la Iglesia Católica similar a los años Jubilares Ordinarios y a los años Jubilares extraordinarios.
Durante la celebración del Año Santo Compostelano la Iglesia católica concede los mismos privilegios que en un año Santo Ordinario o Extraordinario, pero solo se pueden obtener visitando la Catedral de Santiago de Compostela.
La celebración de Año Santo Compostelano (Jubileo) fue instaurado en el año 1122, coincidiendo con la finalización de la Catedral de Santiago. En ese año, el Papa Calixto II le otorgó el privilegio de celebrar con regularidad el Año Santo Jacobeo siempre que la festividad de Santiago Apóstol, 25 de julio, fuese domingo. Finalmente, en el año 1178, Alejandro III, con la bula Regis Aeterni, declara el carácter perpetuo del privilegio compostelano.
La fecha 25 de Julio coincide en domingo cada 6, 5, 6 y 11 años. En esos años, el Año Santo Compostelano empieza el día 31 de Diciembre del año precedente con la apertura de la Puerta Santa.
Para ganar la indulgencia plenaria que concede el Año Santo Compostelano los fieles deben de cumplir una serie de requisitos:
La palabra Jubileo tiene su origen en dos tradiciones: la tradición hebrea y la tradición latina.
Según la tradición hebrea, la palabra Jubileo procede de “yobel”, término que alude a un instrumento de viento que se hacía con el cuerno de un cordero. Era habitual que los hebreos celebrasen años especiales que daban comienzo con el sonido de este instrumento.
Cuando las Sagradas Escrituras fueron traducidas al latín, la palabra “yobel” se fusionó con otra palabra detradición latina, “iubilum” (derivada del “iubilare”). Iubilum hace referencia a los gritos de alegría con las que los pastores celebraban los hechos favorables que les ocurrían en su vida.
De la fusión de estas dos tradiciones resulta la palabra Jubileo y hace referencia a la celebración de un año especial con muestras de gran alegría.
En la antigüedad, los hebreos celebraban un año especial, un año Jubileo que ellos consideraban Santo. Cada cincuenta años los hebreos, basándose en la Ley de Moisés, proclamaban el año Jubileo.
Según la tradición israelita, el cultivo de la tierra se organizaba en ciclos de siete años. La tierra se trabajaba duran seis años consecutivos. Al séptimo año se dejaba que la tierra descansara. Durante el séptimo año los agricultores no trabajaban la tierra ni cosechaban las uvas de las vides. Únicamente vivían de los alimentos que habían almacenado en los seis años anteriores. Este séptimo año era conocido como el año sabático.
Según la Ley que Dios le dio a Moisés el séptimo ciclo de siete años la tierra debía descansar completamente. Es decir, después de pasar 48 años, el año cuarenta y nueve sería el año sabático del séptimo ciclo. El año cincuenta sería considerado Santo y serviría para buscar la igualdad entre todos los hijos de Israel. Los que habían perdido sus tierras o libertad podrían recuperarlas mientras que los ricos deberían perdonar las deudas y poner en libertad a los esclavos.
La tradición hebrea del Jubileo continuó en la Iglesia Católica pero sufrió una serie de modificaciones. La principal evolución fue que en la Iglesia Católica adquirió un significado mucho más espiritual.
La igualdad entre todos los hombres perdió su fundamento económico, de propiedades y/o de servidumbre. El año santo es la oportunidad que se le concede a todos los católicos de redimirse delante de los ojos de Dios a través de las indulgencias. La Iglesia Católica ofrece a sus fieles la posibilidad de reencontrarse con el perdón de Dios y de sus semejantes cumpliendo unas condiciones establecidas por el Vaticano.
El Año Santo Jubileo es el momento en el que los católicos pueden reencontrar y/o renovar su fe en Dios.
Fue el Papa Bonifacio VIII, en el año 1300, el que comenzó la tradición de los Años Santo en la Iglesia Católica. Esta celebración se conocerían con el nombre de Año Santo Ordinario y se celebraría cada 100 años.
A pesar de los intervalos marcados por el Papa Bonifacio VIII, en el año 1350 el Papa Clemente VI celebra de nuevo un Año Santo Ordinario. La modificación del plazo se debe a que el pueblo de Roma, asediado por una epidemia de peste negra y un terremoto altamente destructivo, le solicita al Papa la celebración del Año Jubileo. El Papa Clemente VI establece el plazo para la celebración del Año Jubilar en 50 años.
En el año 1390, a diez años del siguiente Año Jubilar, el Papa Urbano VI vuelve a cambiar el plazo de celebración del Año Santo a 33 años en homenaje a los años que tenía Jesús en el momento de su muerte y Resurrección.
Ya en el año 1450, el Papa Nicolás V, más partidario de la celebración del Año Santo cada 50 años, vuelve a cambiar la periodicidad de la celebración de los Años Jubilares Ordinarios.
Finalmente, es en año 1475 cuando la periodicidad cambia y se establece de manera definitiva. La Iglesia Católica quiere dar la oportunidad a que todas las generaciones puedan vivir el Año Santo, por lo menos una vez en la vida. Para alcanzar esta meta, se decide pasar el intervalo de celebración desde los 50 años a los 25 años. A partir del año 1475 y hasta nuestros días, los Jubileos Ordinarios se celebran cada 25 años.
En el siglo XVI, la Iglesia adopta una nueva posibilidad de celebración, el Año Santo Extraordinario. Celebrar un Año Jubileo para conmemorar algún hecho de especial transcendencia, se conocerán como los Jubileos Extraordinarios.
El siglo XX tuvo dos celebraciones de este tipo. La primera de ellas en el año 1933, en el cual se conmemoró el diecinueve centenario de la muerte y resurrección de Jesús. La segunda en el año 1983, en el que se celebraron los mil novecientos cincuenta años de la muerte y resurrección de Jesús.
El Papa Francisco convocó el Año de San José el día 8 de diciembre de 2020 a través de la publicación de la Carta Apostólica “Patris Corde”. Durante un año, hasta el 8 de diciembre de 2021, todos los cristianos vamos a honra a San José como el padre adoptivo de Jesús y Santo Patrono de la Iglesia universal. También, por supuesto, como patrono de los trabajadores, los padres y de la buena muerte.
El Papa Francisco describe a San José en la Carta Apóstolica como padre amado, padre en la ternura, padre en la obediencia, padre en la acogida, padre de la valentía creativa, padre trabajador y padre en la sombra.
La convocatoria se realiza en este año como conmemoración del 150 aniversario del decreto Quemadmodum Deus. Decreto promulgado el 8 de Diciembre de 1870 por el cual el Papa Beato Pío IX declaró Patrono de la Iglesia universal a San José.
Con la convocatoria de este Año Santo Jubilar, la Santa Iglesia Católica nos invita a reflexionar sobre el papel de San José como padre cariñoso y humilde al servicio de su familia, como protector de su Hijo adoptivo, el Niño Jesús, y de su mujer, la Virgen María.
En el Año Santo de San José, al igual que en los Años Jubilares anteriores (Año de la Fe, el Año de la Eucaristía y el Año del Jubileo de la Misericordia), la Iglesia Católica concederá indulgencias plenarias según una serie de condiciones establecidas.
Los requisitos establecidos por la Santa Madre Iglesia son:
El día ocho de Diciembre de 2015, coincidiendo con la festividad de la Inmaculada Concepción, dará comienzo el Año Santo Jubilar Extraordinario de la Misericordia. A través de esta celebración, el Papa Francisco quiere que los cristianos lleven la misericordia a todos los ambientes sociales siguiendo los pasos de Nuestro Señor Jesucristo.
Hemos preparado esta entrada para profundizar en el significado del Año Santo de la Misericordia: la relación del Papa Francisco con la misericordia, la explicación del logo del Año Jubilar, historia de los Años Santos, la oración oficial del Año Jubileo, etc...
Año Santo en el 1300 convocado por el Papa Bonifacio VIII ; Año Santo en el 1350 convocado por el Papa Clemente VI; Año Santo en el 1390 convocado por el Papa Urbano VI y presidido por el Papa Bonifacio IX.
Año Santo en el 1400 presidido por el Papa Bonifacio IX; Año Santo en el 1423 convocado por el Papa Martín V; Año Santo en el 1450 convocado por el Papa Nicolás V; Año Santo en el 1475 proclamado por el Papa Pablo II y presidido por Papa Sixto IV.
Año Santo en el 1500 convocado por el Papa Alejandro VI; Año Santo en el 1525 decretado por el Papa Clemente VII; Año Santo en el 1550 proclamado por Papa Pablo III y presidido por Papa Julio III; Año Santo en el 1575 celebrado bajo el papado de Gregorio XIII.
Año Santo en el 1600 convocado bajo el papado de Clemente VIII; Año Santo en el 1625 presidido por el Papa Urbano VIII; Año Santo en el 1650 convocado por el Papa Inocencio X; Año Santo en el 1675 presidido por el Papa Clemente X.
Año Santo en el 1700 convocado por el Papa Inocencio XII y presidido por el Papa Clemente XI; Año Santo en el 1725 celebrado en el papado de Benedicto XIII; Año Santo en el 1750 celebrado por el Papa Benedicto XIV; Año Santo en el 1775 proclamado por el Papa Clemente XIV y presidido por el Papa Pío VI.
En el año 1800 no se celebró el Año Jubileo por las condiciones políticas derivadas de la Revolución francesa; Año Santo en el 1825 decretado por el Papa León XII; en el año 1850 tampoco se celebró el Año Jubileo por las circunstancias políticas de la época; Año Santo en el 1875 celebrado en el papado de Pío IX.
Año Santo en el 1900 convocado por el Papa León XIII; Año Santo en el 1925 presidido por el Papa Pío XI; Año Jubileo de la Redención en el 1933 convocado por el Papa Pío XI; Año Santo en el 1950 convocado por el Papa Pío XII; Año Santo en el 1975 celebrado por el Papa Pablo VI; Año Jubileo de la Redención 1983 presidido por el Papa Juan Pablo II; Año Santo en el 2000 decretado por el Papa Juan Pablo II.